¿Qué hacer si el servicio funerario no cumple lo contratado?
lunes 19 ene 2026

En España, puede ocurrir que el servicio funerario prestado no se ajuste a lo contratado en el seguro de decesos, ya sea por servicios incompletos, calidades inferiores a las pactadas o incumplimientos en plazos y prestaciones. Ante esta situación, es fundamental conocer los pasos a seguir y los derechos del asegurado o de la familia.
Por ello, antes de contratar una póliza, conviene comparar seguros de decesos y revisar cómo responde cada aseguradora ante incidencias reales.
¿Cuándo se considera que existe un incumplimiento del servicio?
Se entiende que existe incumplimiento cuando el servicio prestado no coincide con lo recogido en la póliza o en el encargo funerario aceptado por la aseguradora.
- No se presta un servicio incluido expresamente en el contrato.
- La calidad es inferior a la pactada (tanatorio, féretro, traslados).
- Se sustituyen servicios sin consentimiento de la familia.
- Se producen retrasos injustificados en gestiones o traslados.
Cualquiera de estas situaciones da derecho a reclamar.
¿Qué pasos deben seguirse ante un servicio funerario incorrecto?
Ante una incidencia, es importante actuar con rapidez y dejar constancia documental.
- Comunicar la incidencia de inmediato a la aseguradora.
- Solicitar un informe detallado del servicio prestado.
- Conservar facturas, contratos y cualquier prueba disponible.
- Solicitar una solución o compensación por escrito.
No es necesario esperar a que finalice el funeral para informar del problema.
¿Quién responde ante el asegurado: la aseguradora o la funeraria?
Aunque el servicio lo preste una funeraria concreta, la responsabilidad frente al asegurado suele recaer en la aseguradora.
- La aseguradora responde frente al tomador y los familiares.
- La funeraria actúa como proveedor del servicio.
- El asegurado no debe reclamar directamente a la funeraria salvo indicación expresa.
El vínculo contractual principal es con la aseguradora, no con la funeraria.
¿Qué soluciones suele ofrecer la aseguradora ante un incumplimiento?
Según el tipo de incidencia detectada, la aseguradora puede proponer distintas soluciones.
| Tipo de incidencia | Posible solución | Quién la asume |
|---|---|---|
| Servicio no prestado | Reembolso | Aseguradora |
| Calidad inferior | Compensación económica | Aseguradora |
| Servicio alternativo | Ajuste de capital | Aseguradora |
| Daños o perjuicios | Reclamación formal | Aseguradora |
La solución debe ser proporcional al incumplimiento y quedar documentada.
¿Qué hacer si la respuesta de la aseguradora no es satisfactoria?
Si la aseguradora no ofrece una solución adecuada, existen vías adicionales de reclamación.
- Presentar reclamación ante el servicio de atención al cliente.
- Acudir al defensor del asegurado, si existe.
- Elevar la queja a la Dirección General de Seguros.
- Valorar la vía judicial en casos graves o reiterados.
Estas opciones pueden utilizarse incluso después de haberse prestado el servicio funerario.
Conclusión
En España, si el servicio funerario no cumple lo contratado, el asegurado o sus familiares tienen derecho a reclamar y exigir una solución a la aseguradora, que es la responsable final del servicio. El incumplimiento no debe asumirse como algo inevitable.
Para minimizar riesgos y saber cómo actúa cada compañía ante incidencias, es fundamental revisar bien la póliza y, antes de contratar, comparar seguros de decesos para elegir una aseguradora con un buen nivel de respuesta y garantías reales.
Tabla de contenido
- ¿Cuándo se considera que existe un incumplimiento del servicio?
- ¿Qué pasos deben seguirse ante un servicio funerario incorrecto?
- ¿Quién responde ante el asegurado: la aseguradora o la funeraria?
- ¿Qué soluciones suele ofrecer la aseguradora ante un incumplimiento?
- ¿Qué hacer si la respuesta de la aseguradora no es satisfactoria?
- Conclusión