Seguro de empleada del hogar

martes 17 mar 2026

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En España, no existe un “seguro de empleada del hogar” obligatorio como póliza privada específica, pero sí hay obligaciones claras para quien contrata: dar de alta a la trabajadora en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, cotizar a la Seguridad Social y mantener la protección mínima que deriva de esa cotización. Si estás revisando qué cobertura te conviene como empleador, puedes comparar seguros de hogar y comprobar si tu póliza incluye responsabilidad civil útil en este tipo de situaciones.

La intención real detrás de esta búsqueda no suele ser solo “qué seguro contratar”, sino entender si es obligatorio, qué cubre la Seguridad Social, si el seguro de hogar protege frente a daños causados por la empleada y cuánto cuesta realmente cumplir con esta obligación.

¿Es obligatorio un seguro para una empleada del hogar?

No existe una póliza privada obligatoria llamada “seguro de empleada del hogar”, pero sí es obligatorio que la relación laboral esté correctamente dada de alta y cotizando en la Seguridad Social dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar. Ese sistema da cobertura a contingencias comunes, contingencias profesionales, desempleo, FOGASA y MEI con los tipos vigentes que publica la Seguridad Social.

Además, desde el punto de vista práctico, algunas familias contratan de forma voluntaria un seguro de accidentes o revisan que su seguro de hogar incluya una responsabilidad civil suficientemente amplia, pero eso ya no es una exigencia legal general, sino una decisión adicional de protección. No existe como tal un seguro definido para empleadas del hogar, aunque sí pueden contratarse coberturas complementarias, como accidentes o salud.

¿Qué protección tiene una empleada del hogar con la Seguridad Social?

La cotización da acceso a prestaciones del sistema de Seguridad Social. La propia Seguridad Social recuerda que cotizar abre la puerta a prestaciones como incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, incapacidad permanente, jubilación, muerte y supervivencia y desempleo, entre otras.

En el caso concreto del Sistema Especial para Empleados de Hogar, la web oficial detalla que hay cotización por contingencias comunes, contingencias profesionales, desempleo, FOGASA y Mecanismo de Equidad Intergeneracional, con reparto de cuotas entre empleador y trabajador según el concepto.

¿El seguro de hogar cubre a la empleada del hogar?

A veces sí, pero no siempre, y no sustituye al alta en Seguridad Social. Algunas pólizas de hogar pueden incluir una responsabilidad civil ampliada que resulte útil si se producen daños a terceros dentro del entorno doméstico, pero eso depende completamente del condicionado de la póliza.

Lo importante es no confundir conceptos:

  • La Seguridad Social cubre la protección laboral y prestacional básica de la empleada del hogar.
  • El seguro de hogar puede ayudarte frente a determinados daños o responsabilidades, pero no reemplaza la obligación de cotizar.
  • Un seguro de accidentes privado sería una cobertura adicional, no la base obligatoria.

¿Qué debe hacer el empleador para tener cubierta a una empleada del hogar?

Lo esencial es:

  • Dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social.
  • Cotizar correctamente según el salario y el tramo aplicable.
  • Comprobar si el seguro de hogar incluye responsabilidad civil suficiente o si conviene una cobertura complementaria. Esta parte ya es preventiva, no una obligación general legal

Si además quieres reforzar la protección, puedes valorar una cobertura adicional de accidentes, especialmente si buscas una indemnización privada complementaria al sistema público.

¿Cuánto cuesta asegurar a una empleada del hogar?

El coste obligatorio real no es una póliza privada, sino la cotización a la Seguridad Social, y depende del salario mensual. Desde enero de 2025, la Seguridad Social fija tramos de retribución mensual con sus bases correspondientes para empleados de hogar. Por ejemplo, hasta 319 € al mes la base es 296 €, de 319,01 a 495 € la base es 423 €, y de 1.204,01 a 1.381,20 € la base es 1.381,20 €; a partir de 1.381,21 €, la base coincide con la retribución mensual.

Sobre esa base se aplican los tipos vigentes del sistema especial:

  • Contingencias comunes: 28,30 % total, del que 23,60 % paga el empleador y 4,70 % la trabajadora.
  • Desempleo (contrato indefinido): 7,05 % total, del que 5,50 % paga el empleador y 1,55 % la trabajadora.
  • FOGASA: 0,20 % a cargo exclusivo del empleador.
  • MEI: 0,80 % total, del que 0,67 % paga el empleador y 0,13 % la trabajadora.

La Seguridad Social también recoge beneficios en cotización en este sistema, como la reducción del 20 % en la cuota empresarial por contingencias comunes, además de bonificaciones específicas en desempleo y FOGASA, siempre que se cumplan los requisitos.

Conclusión

Cuando alguien busca “seguro de empleada del hogar”, lo más importante es saber que la obligación principal no es contratar una póliza privada específica, sino dar de alta y cotizar correctamente en la Seguridad Social. A partir de ahí, puedes valorar si te interesa añadir un seguro de accidentes o revisar tu póliza de hogar para ampliar protección frente a posibles responsabilidades o daños.

Antes de decidir qué cobertura adicional te interesa, puede ser útil comparar seguros de hogar y revisar si tu póliza actual te protege lo suficiente en el ámbito doméstico.